Objetivos
La "Foundation for Pain Treatment as a Human
Right" (“Fundación para el Tratamiento del Dolor
como un Derecho Humano”), debidamente registrada en
el Departamento de Estado de Puerto Rico, en
noviembre 8 del 2002, estableció como su metal
principal promover el tratamiento del dolor al nivel
de uno de los derechos fundamentales de los seres
humanos. Actualmente, la organización está dedicando
activamente sus esfuerzos y recursos a:
- Promover e invitar a otros a reconocer y
apoyar explícitamente en todo el mundo el concepto
moral del tratamiento del dolor como un derecho
humano natural, su carácter implícito dentro de la
legislación sobre los derechos humanos y los
acuerdos en cuanto al derecho a la salud, y
patrocinar la implementación y creación de los
instrumentos legales apropiados para la protección,
respeto y cumplimiento de tal derecho.
- Promover e invitar a los gobiernos locales a
reconocer explícitamente y promulgar el tratamiento
del dolor como un derecho humano natural dentro del
país, con el fin de reconocer su carácter implícito
dentro de la legislación sobre los derechos humanos,
tratados y acuerdos en cuanto al derecho a la salud,
e implementar los instrumentos legales apropiados
para la protección, respeto y cumplimiento de tal
derecho.
- Promover e invitar a los miembros de alianzas
regionales de gobiernos sobre el reconocimiento
explícito y promulgación del tratamiento del dolor
como un derecho natural dentro de la región, su
carácter implícito dentro de la legislación sobre
los derechos humanos, tratados y acuerdos en cuanto
al derecho a la salud, y patrocinar la
implementación y promoción de los instrumentos
legales apropiados para la protección, respeto y
cumplimiento de tal derecho.
- Promover e invitar a que la Organización Mundial
de la Salud (OMS) reconozca oficialmente que el
dolor crónico constituye en sí mismo una enfermedad
y que, por consiguiente, reconozca su carácter
implícito dentro de la OMS y la legislación sobre
los derechos humanos, tratados y acuerdos en cuanto
al derecho a la salud. Igualmente, pedir la
colaboración de la organización en la implementación
y promoción de los instrumentos legales apropiados
para la protección, respeto y cumplimiento del
tratamiento del dolor como un derecho humano.
- Promover e invitar a que el Comité Permanente de
las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos
reconozca explícitamente y proclame el tratamiento
del dolor como un derecho humano natural y su
carácter implícito dentro de la legislación sobre
los derechos humanos, tratados y acuerdos en cuanto
al derecho a la salud. La iniciativa igualmente
solicita la colaboración de la organización en la
promoción e implementación de los instrumentos
legales apropiados para la protección, respeto y
cumplimiento de tal derecho.
- Promover e invitar a la Asamblea General de las
Naciones Unidas a proclamar una resolución sobre el
reconocimiento explícito del tratamiento del dolor
como un derecho humano natural y su carácter
implícito dentro de la legislación sobre derechos
humanos, tratados y acuerdos en cuanto al derecho a
la salud. La iniciativa igualmente solicita la
colaboración de la organización en la promoción e
implementación de los instrumentos legales
apropiados para la protección, respeto y
cumplimiento internacional de tal derecho.
- Como organización no gubernamental (ONG),
trabajar y colaborar con el Comité de los Derechos
Humanos, con la Organización Mundial de la Salud,
con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, con cualquiera otro comité de las
Naciones Unidas, con los REPORTEURS especiales
encargados de fomentar y promover la resolución del
Nuevo Milenio, con otras ONG, con las diversas
iniciativas sobre el dolor alrededor del mundo , con
los gobiernos, los sistemas educativos, los
individuos y los medios de comunicación, con la
mayor cantidad posible de estados, con
representantes de UNAIDS, UNICEF, con instituciones
nacionales e internacionales para los derechos
humanos, con las corporaciones de los tratados de
las Naciones Unidas, expertos internacionales
independientes en derechos humanos, expertos en
derecho internacional, organizaciones sociales
civiles de profesionales de la salud, ministros de
la salud y otros ministerios implicados, el Fondo
para la Población de las Naciones Unidas, el Banco
Mundial, el Fondo Monetario Internacional (FMI),
organizaciones de investigación y todas las posibles
agencias, organizaciones comerciales e individuos
relevantes para promover el tratamiento del dolor al
nivel de uno de los derechos fundamentales de los
seres humanos y estimular su cumplimiento a través
de los instrumentos legales apropiados.
- Invitar a todas las diversas organizaciones sobre
el dolor alrededor del mundo a colaborar en el
estudio y promoción de esta iniciativa.
- Integrar todo el trabajo intelectual posible que
contemple el tratamiento del dolor como un derecho
humano, con el fin de promover una legislación
regional, nacional e internacional para darle
importancia legal a ese concepto moral y
humanitario.
- Promover la declaración de figuras públicas en
todas las áreas de esfuerzos humanos en favor de los
conceptos que son los principios fundamentales de la
iniciativa.
- Promover que los acuerdos comerciales
multinacionales contemplen el hecho de compartir
apropiadamente recursos humanos, investigaciones,
medicamentos y tecnología, con miras a la mejor
obtención de salud en general y tratamiento del
dolor en particular. Se deben establecer
disposiciones para hacer que esos bienes sean
asequibles y, si es posible, más baratos para las
sociedades pobres y subdesarrolladas, como lo
contempla el artículo 15 del Convenio Internacional
sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales que
invita a los países miembros a: “… promover el
disfrute de los beneficios del progreso y avances
científicos de una manera equitativa por parte de
todos los miembros de la comunidad humana”.
- Identificar, y ayudar a otros a hacerlo, las
mejores prácticas para el mejor manejo del derecho
al tratamiento del dolor a nivel de la comunidad, al
igual que a nivel nacional e internacional.
- Discutir y evaluar los alcances del derecho al
tratamiento del dolor con instituciones financieras
nacionales e internacionales.
- Determinar el tratamiento del dolor en todo el
mundo, incluyendo leyes, políticas, prácticas malas
o buenas y obstáculos.
- Ayudar a los diferentes gobiernos a reconocer el
derecho al tratamiento del dolor y a aplicarlo
coherentemente a través de todos los procesos
importantes de elaboración de políticas nacionales e
internacionales.
- Hacer que los individuos, sociedades y gobiernos
a la par se percaten de la Declaración del Milenio
de las Naciones Unidas y la resolución de la
Comisión sobre derechos humanos para garantizar que
el Convenio Internacional sobre Derechos Económicos,
Sociales y Culturales sea tenido en cuenta en todos
los procesos importantes de elaboración de políticas
nacionales e internacionales. Igualmente, pedirles
que se aseguren de que la epidemia global de dolor
crónico sea reconocida apropiada y explícitamente
como una de las Metas de Desarrollo del Milenio
inmersas dentro de las “metas relacionadas con la
salud” y el derecho a la misma. Así mismo, hacer que
se percaten del hecho de que “los derechos
económicos, sociales y culturales son el corazón de
las metas de desarrollo del milenio”.
- Contactar al Rapporteur Especial Paul Hunt,
designado en la resolución 2002/31 de la comisión
sobre derechos humanos, con el mandato de
concentrarse en el derecho de toda persona al
disfrute del más alto estándar de salud física y
mental asequible. El mismo Rapporteur Especial se
compromete en su informe fechado en febrero 13 de
2003 a considerar en el curso de su trabajo las
Metas de Desarrollo del Milenio (MDG por su sigla en
inglés) relacionadas con la salud a través del
prisma del derecho a la salud, con miras a
contribuir a su realización. El Rapporteur Especial
reconoció que la quinta meta de Desarrollo del
Milenio sobre una asociación global para el
desarrollo se refiere muy de cerca al derecho a la
salud y que, 8 de los 16 “objetivos” de las MDG y 17
de los 48 indicadores de dichas metas están
relacionados con la salud. El Rapporteur Especial
está siendo informado de todos los propósitos y
fines de los contenidos de esta iniciativa, el apoyo
que ha recibido alrededor del mundo, su estado
actual dentro de varios gobiernos, la OMS, la
Comisión sobre Derechos Humanos, todos los otros
comités de las Naciones Unidas, las ONG,
funcionarios oficiales, asociaciones para el dolor y
asociaciones médicas y un amplio informe de todo el
proyecto. Se le ha solicitado al Rapporteur Especial
trabajar sobre el reconocimiento explícito del
tratamiento del dolor como un derecho humano dada la
Declaración del Milenio, las Metas de Desarrollo del
Milenio y los objetivos de esta comisión
oficialmente establecidos.
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